La Sociedad Española de Astronomía (SEA), fundada en 1992, agrupa a más de 700 astrofíscos profesionales, incluyendo alrededor de 500 doctores en Astrofísica y unos 200 miembros juniors.
Su objetivo principal es contribuir a promocionar el desarrollo de la Astronomía y Astrofísica en España y, de manera particular, proporcionar un fórum independiente para la discusión de asuntos de interés común para la comunidad astronómica española.
Para ello cuenta con una Junta Directiva y diversas comisiones temáticas de trabajo. Entre sus actividades está la organización de una Reunión Científica bienal y la publicación de sus actas; el mantenimiento y la difusión de una bolsa de trabajos para astrofísicos; la difusión de noticias relacionadas con el mundo de la astronomía profesional, como la celebración de congresos; la publicación de un boletín informativo y otro tipo de publicaciones especializadas; y la organización de actividades divulgativas.
Cómo hacerse socio
La Sociedad Española de Astronomía consta de Miembros Numerarios, Miembros Júnior, Miembros Asociados y Miembros Honorarios. La admisión y exclusión de Miembros de la Sociedad es atribución de la Asamblea General.
• Miembros Numerarios
Aquellas personas que, a satisfacción de la Asamblea General, por su contribución a la Astronomía, por su actividad profesional, u otra, puedan contribuir a promover la causa y objetivos de la Sociedad.
La solicitud ha de realizarse mediante el impreso estándar de solicitud firmado por dos Miembros Numerarios.
• Miembros Júnior
Estudiantes de posgrado en astronomía o campos relacionados.
La solicitud ha de realizarse mediante el impreso estándar de solicitud firmado por dos Miembros Numerarios y el Director de la Tesis (puede coincidir con uno de los anteriores). Al inicio del año siguiente al de la obtención del Título de Doctor, el Miembro Júnior podrá solicitar su pase a Miembro Numerario, y si no lo hace se le cesa como Miembro Júnior con efecto desde el año siguiente. Nadie podrá ser Miembro Júnior por más de siete años a menos que la Junta Directiva decida lo contrario por motivos excepcionales. Los miembros júnior no tienen derecho a voto en las asambleas de la Sociedad.
• Miembros Asociados
Personas físicas o jurídicas interesadas en la causa y objetivos de la Sociedad. Las condiciones para ser Miembro Asociado estarán fijadas por la Junta Directiva. Los miembros asociados no tienen derecho a voto en las asambleas de la Sociedad.
• Miembros Honorarios
Aquellas personas que por su especial contribución a la astronomía sean consideradas por la Asamblea General merecedoras de tal privilegio.
Web: SEA-ASTRONOMIA.ES
(si quieres votar, hazlo aquí: http://nameexoworlds.iau.org/ )